BONIFICACIONES POR NUEVAS ALTAS DE FAMILIARES COLABORADORES DE AUTONOMOS
La ley 3/2012 de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, ha establecido unas bonificaciones a las nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos.
Pues bien, podrán solicitar este tipo de bonificaciones, los conyuges, parejas de hecho y familiares de los autonomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado que se incorporen al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y realicen trabajos de colaboración en la actividad principal del autónomo.
La bonificación podrña solicitarse para todas las altas que se realicen desde el 9 de julio de 2012, no sirviendo para las altas que se produjesen con anterioridad.
La bonificación dura 18 meses, contando como tales los 18 primeros meses desde que se produce el alta del autonómo colaborador., y equivale al 50% de la cuota aplicable a la base minima de cotización para autónomos.
Es decir, que si ahora mismo pagamos como mínimo mínimo 254 euros al mes (sin accidente de trabajo ni desempleo), la cuota se podría quedar en unos 126 euros mensuales durante los primeros 18 meses .
Es un tema totalmente recomendable, puesto que en caso de que por casualidad o despiste, tengamos a un familiar o pareja ayudándonos en el negocio, aunque sea puntualmente, y sufriesemos una visita inspectora, la sanción mínima sería de 3.000 euros en adelante.
Saludos
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