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Noticias sobre software libre para Empresas

Jun 23, 2012   //   by admin   //   Informática Empresarial  //  No Comments

Sí precisas alguna herramienta informática, existe gran variedad de software libre para empresas, ya que desde la aparición de Linux, podemos ahorrar costos de implantación del negocio si conocemos este software y lo aplicamos en nuestro negocio.

 

También existe software libre para sistemas windows, resultando imprescindibles para el mantenimiento de nuestro negocio, ya que conseguimos minimizar las inversiones a realizar para tener nuestro negocio.

 

A petición de nuestros lectores, podremos ampliar la información aquí reflejada, e incluso orientar sobre los parámetros básicos para los distintos tipos de negocio y equipos.

 

Todo ello, siguiendo con nuestro afán de ayudar a las Empresas a minorar costes para el mantenimiento de la misma usando herramientas de código libre.

 

 

Ayudas para Jovenes Emprendedores y para el mantenimiento de los ya existentes.

Jun 23, 2012   //   by Pedro   //   Ayudas  //  No Comments

SUSPENDIDA HASTA NUEVO AVISO EN FECHA 27/7/2012

Buenos días, hace unos días hicimos una consulta a nuestros seguidores de las Redes Sociales a los cuales les damos mil gracias. En ella preguntamos qué temas resultaban de interés y en base a ello vamos a poner estas notas.

Las ayudas para jovenes emprendedores pueden mirarse desde diversos angulos; entre ellos hay que tener en cuenta hechos como la localidad donde radica el negocio (puesto que hay Ayuntamientos que fomentan a través de ayudas el Autoempleo), también requisitos como sí precisamos o no local para el ejercicio de nuestra actividad; hechos como sí vamos a precisar contratar trabajadores o no, y si vamos a necesitar algún tipo de crédito para el inicio de la actividad y sobre todo tener clara la situación de partida que nos lleva a querer/tener que  hacernos autónomos.

Pues bien, voy a tocar a modo de pincelada los temas más comunes y me voy a centrar en las Ayudas Existentes a nivel de Andalucia.

0.- Un tema de caracter básico es saber desde que situación de partida vamos a empezar la andadura como autónomo, ya que si tenemos  derecho a desempleo con un minimo de 3 meses, podremos analizar la posibilidad de solicitud del pago único del desempleo, y que el Servicio Público de Empleo nos pudiese dar un porcentaje de la prestación pendiente de cobro y el resto en forma de cuotas de autónomos. Este punto se merece una nueva entrada en nuestro blog especialmente, puesto que los porcentajes de cobro van a ir en función de la edad del futuro autónomo y de la cuantia de las inversiones a realizar.

1.- Si vamos a contratar a alguien, entonces os remito a la nota que tenemos en nuestra web conforme al Real Decreto Ley 3/2012 donde se establece un contrato especial para emprendedores con una serie de ventajas fiscales .

2.- Si creemos que vamos a necesitar un crédito para el inicio de la actividad, analizaremos la cuantía que precisaremos, ya que los créditos ICO nos pueden facilitar hasta 200.000 euros de financiación, y hay un crédito nuevo llamado FORAN, que lo otorga la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucia,  de hasta 25.000 euros.

Cada una de ellas tiene un plazo de solicitud y unos requisitos, que en el caso de el Crédito especial para autónomos FORAN, también aparecen en una entrada de nuestro BLOG en fechas anteriores.

3.- Hay un punto que normalmente el Emprendedor no tiene en cuenta a la hora de confeccionar su declaración de la Renta al año siguiente, y es que existe una Deducción Autonómica en Andalucia para el fomento del autoempleo, por importe de 500 euros, siempre y cuando nos mantengamos en la actividad al menos un año, entre otros factores.

4.- Como punto último, pero que lo considero el principal, vamos a hablar de las AYUDAS DE LA CONSEJERIA DE EMPLEO AL ESTABLECIMIENTO Y MANTENIMIENTO DEL TRABAJADOR AUTONOMO.

4.1.- AYUDA AL ESTABLECIMIENTO COMO AUTONOMO (PARA LOS NUEVOS)

Esta ayuda va dirigida a aquellos autonomos que hayan iniciado su actividad en los seis meses anteriores al plazo de apertura de la solicitud. Por tanto, tendremos que tener en cuenta que como los plazos de solicitud se abren los meses naturales de marzo y septiembre de cada año, debemos planificar el momento de nuestro alta, para no tener que esperar algunos meses para pedir la ayuda ……..teniendo en cuenta que después la ayuda tarda un tiempo mientras la estudian y no.

Condición vital para pedir la ayuda es que antes del alta en Hacienda y en Autónomos nos encontremos en situación legal de desempleo, esto significa no sólo estar en paro, sino disponer del justificante actualizado y sin caducar de la TARJETA DE DEMANDANTE DEL EMPLEO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE EMPLEO ESTATAL.

Hay una serie de actividades preferentes, como son los servicios vinculados a la vida diaria, ayuda a la dependencia, conciliación de la vida personal y familiar, ocio, recreo, cultura, protección del medio ambiente, mejora de la calidad de vida, rehabiitación de viviendas y espacios publicos, asi como los relacionados con la asistencia a las nuevas tecnologias de la información y la comunicación.

Tema importantísimo…. ¿Cuánto nos pagarían?

– 5000 euros para personas desempleadas en general

– 6000 euros para jovenes de hasta 30 años, entendiéndose incluidos los jovenes que en el año inmediatamente anterior a la solicitud del incentivo hayan finalizado programas de formación y empleo de la Consejeria de Empleo, personas provenientes de expedientes de regulación de empleo o actividades desarrolladas en zonas ATIPE , que no son más que aquellas zonas donde la influencia del desempleo ha sufrido una mayor incidencia y necesitan un cierto empuje.

–  7000 euros para mujeres desempleadas

– 8000 euros para desempleados con grado de minusvalia superior o igual al 33%; desempleados con dificultades como pueden ser los mayores de 45 años, inmigrantes , y desempleados de más de 12 meses.

– 10.000 euros para mujeres desempleadas con un grado de minusvalia igual o superior al 33%

– Mujeres victimas de la violencia de género,  llevarán un incremento del 10%.

¿Qué documentos nos van a pedir ?

– Certificación bancaria

– Justificante del alta de autónomos

– DNI

– Certificado de periodos de inscripción como demandante de empleo

– Normalmente cada funcionario nos va a pedir una documentación, ya que en la práctica, en cada convocatoria modifican el impreso de solicitud y a veces nos piden algo más……..

– Para evitar que nos denieguen la ayuda, comprobad siempre vuestro carnet de demandante de empleo, asi como el hecho de no tener deuda alguna con Hacienda Autonomica y Estatal, ni la Seguridad Social.

Plazo de solicitud;

Como hemos comentado anteriormente, los plazos de presentación de la solicitud son marzo y septiembre de cada año.

Plazo de resolución;  la norma indica que se resolverá en 3 meses, pero teniendo en cuenta el volumen de trabajo de la Consejeria y la falta de dinero, tardan algún tiempo más.

Tema vital; Dentro de las obligaciones, se habla que cuando solicitamos la ayuda, nos la podrán denegar si compatibilizamos el trabajo en regimen de autónomos con trabajo en regimen general en al menos 15 días. También nos indican que no podríamos trabajar como autónomo en otra actividad que no sea la que hemos indicado en la solicitud.

4.2.- AYUDA AL MANTENIMIENTO DEL TRABAJADOR AUTONOMO

Esta ayuda la pueden solicitar aquellos trabajadores autónomos que lleven en la actividad un mínimo de un año y un máximo de 3 años. (El plazo se contará desde la apertura del plazo de solicitud de la ayuda para la que solicitan)

También vamos a tener que tener en cuenta sí el autónomo ha estado anteriormente en el mismo régimen y sí cobró o no alguna ayuda de fomento del autoempleo por ser autónomo.

Los plazos de presentación siguen siendo los mismos, en las convocatorias de marzo y septiembre de cada año.

El importe de la ayuda, será de 4000 euros en condiciones normales y de 4500 euros en zonas ATIPE (La que hemos hablado antes con especiales dificultades en materia de empleo)

Este importe no sería fijo, sino que dependería de los gastos e inversiones que haya realizado el autónomo durante los seis meses anteriores a la fecha de la solicitud de la subvención. OJO CON ESTO, ya que debemos aportar las facturas de las inversiones realizadas.

¿Qué documentación nos van a pedir?

– DNI

– Justificante de alta en autónomos

– Vida Laboral para justificar que sigues en alta

– Certificado de periodos de inscripción como demandante de empleo

– Certificados de estar al corriente en Seguridad Social y Hacienda

– Facturas de alquiler de los siguientes productos; locales, mobiliario, equipos, bienes de inversión, terrenos y vehículos.

– Facturas de los seis meses anteriores a la fecha de la solicitud de luz, agua, telefono, internet,  cuotas de autónomos, gastos en publicidad de la empresa, folletos, cartelería y un tema importante, gastos de asesoría jurídica.

OTRAS AYUDAS

Entiendo que para aquel autónomo que lleva sus años funcionando (más de 3), se pueda ver un cierto desamparo al no cumplir con los requisitos que hemos hablado, pero,  debemos tener en cuenta que hay otra serie de ayudas en función del sexo (por ejemplo del instituto andaluz de la mujer), de la actividad a la que nos dedicamos , etc, etc., por tanto para aquellos que esteís en esta situación, os recomiendo que nos hagaís llegar vuestro proyecto y veremos que podemos hacer con él.

RECOMENDACION FINAL:

Cada estudio de subvenciones implica analizar minuciosamente cada punto y sobre todo la letra pequeña. Por tanto, sí quereís solicitar en algún momento alguna ayuda porque creaís que cumplimos todos los requisitos, no dudeís en llamarnos y así podamos repasar cada punto con sumo detalle, ya que la norma tiene interpretaciones , y en los pequeños detalles está la clave del exito o fracaso de la ayuda.

Logicamente, cuando hablamos de ayudas, y más en un blog de este tipo, tengo que centrarme en conceptos generales, pero no podemos matizar casos concretos, por eso os remitimos a nuestro Departamento Técnico.

Espero haberos dado una idea.

Gracias

 

 

 

 

Aquí hablaremos de …

Jun 12, 2012   //   by admin   //   Empresas/Profesionales  //  No Comments

En esta sección vamos a hablar constantemente del mundo de la empresa, para dinamizar un poco las diferentes secciones del Blog, y que para particulares no resulte demasiado técnico, y por otra parte no desatender a este colectivo tan importante hoy día como las Empresas y Profesionales.

Saludos

¿ Cuánto cobraremos de pensión de jubilación ?

Jun 12, 2012   //   by admin   //   Pensiones  //  No Comments
Hoy quería hablar de este tema, puesto que la norma nueva en esta materia entra en vigor en el mes de enero de 2013.
Al margen de la jubilación a los 67 años, coincide que a nivel económico también hay cambios que debéis saber y que trataré de comentaros a continuación:
Hasta ahora, para calcular el importe de la pensión, se tomaban los salarios de los últimos 15 años de trabajo, lo cual estaba bien, porque no es lo mismo lo que cobramos cuando llevamos muchos años en una empresa que al principio. Pues bien, ahora a partir de enero, harán el cálculo en función de los salarios de los últimos 25 años.
Esto supondrá que el importe de la pensión será más pequeño.
Aparte de lo anterior, tenemos que tener en cuenta que los jóvenes entramos a trabajar más tarde, es decir que a la hora de la jubilación vamos a tener menos años cotizados que nuestros padres.
Este hecho se traduce en que si para cobrar el 100% de la pensión nos van a pedir unos 38 años de cotización, ¿Quién va a llegar a los 67 años con 38 años cotizados?
Por eso, han indicado, que todo aquel que tenga al menos 15 años cotizados, tendrán derecho al 50% de la pensión.
Sacamos en conclusión que nuestras pensiones van a ser pequeñas, y que debemos pensar en una alternativa como puede ser contratar un plan de pensiones.
De esta forma, cuando lleguemos a la edad de jubilación, tendríamos por una parte, nuestra pequeña pensión, complementada con una “minipaga” que se puede sacar si cobramos nuestro plan de pensiones mes a mes.
Esto nos vendría bien, y también, podemos aprovecharnos de la desgravación fiscal de los planes de pensiones,  lo que implicaría que podrían devolvernos a la hora de hacer la Declaración de la Renta  algo más, todo ello en función del importe que hubiésemos pagado durante el año al plan de pensiones.
TENEMOS QUE MIRAR EL FUTURO CON ANTICIPACION PARA EVITAR ESE REFRAN QUE  DICE
“ PAN PARA HOY, HAMBRE PARA MAÑANA”
Es recomendable estudiar este tema, para ver qué aportaciones serían las correctas,  y que plan de pensiones os garantiza el 100% de vuestra aportación.

CRÉDITO ACCESIBLE PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO AUTONOMO

Jun 12, 2012   //   by admin   //   Ayudas  //  No Comments

La Consejería de Empleo ha dispuesto una línea de crédito para el empleo autonomo para apoyar a este colectivo y promocionarlo.

Para formalizar la operación  es preciso acreditar que nos hemos dado de alta en el regimen especial de trabajadores autónomos y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la seguridad social.

Se financian inversiones como gastos corrientes, personal, alquiler, mercancías, etc, siendo el importe mínimo a solicitar de 3.000 euros y un máximo de 25.000 euros, con un máximo por profesional autónomo de 50.000 euros.

El tipo de interés es fijo durante toda la vida del crédito, interés que dictará alguna de las entidades financieras colaboradoras en este proyecto.

El plazo para devolver el crédito es maximo 60 meses para proyectos de inversión, incluyendo una carencia máxima de 6 meses.

Y será máximo 24 meses para gastos corrientes, incluyendo una carencia máxima de 3 meses.


Condiciones:

– Los beneficiarios no podrán recibir apoyo de otros fondos reembolsables.
– Se exigen garantías personales o reales, propias o de avalistas (excepto garantias hipotecarias)
– Comisión de formalización del 1% del imorte concedido con un minimo de 100 euros.
– No existe comisión por cancelación anticipada.

Estas solicitudes pueden presentarse en cualquier sucursal de Caixabank, desde el día 23 de enero de 2012, hasta que se agote la partida presupuestaria destinada al efecto.


Documentación a aportar:

– DNI
– Alta de autonomos
– Certtificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la seguridad social
– Plan de  negocio (EN ESTE PUNTO, LE AYUDAMOS A CONFECCIONARLO DE FORMA PROFESIONAL)
– Cualquier otra documentación que acredite la solvencia y/o garantias que ostenta el empresario

Quedo a vuestra disposición para resolveros cuantas dudas os surjan al respecto. También podeís poneros en contacto conmigo en el 620.81.55.99

Apertura de Campaña de la Renta

Jun 12, 2012   //   by admin   //   Circulares informativas  //  No Comments

En esta sección, vamos a intentar comunicar a todos los clientes y amigos, las diferentes interpretaciones que vayamos obteniendo de la normativa nueva que vaya saliendo, de forma que, sí esto le supone a su negocio o empresa algún tipo de cambio, podamos adaptarnos rapidamente, con objeto de que su negocio esté siempre actualizado.

Saludos

APERTURA CAMPAÑA RENTA 2012

Desde hace unas horas, la Agencia Tributaria, además de permitir que accedamos al borrador de nuestra declaración, así como datos fiscales, ha puesto a nuestro servicio el Manual de Renta 2011 en formato eléctronico, así como el programa para la elaboración de Declaraciones. Por ello, estamos a vuestro servicio por sí precisaís que os la elaboremos

¿Tienes alguna consulta ?

Jun 12, 2012   //   by admin   //   Consultas/Contacto  //  No Comments
Dadas las numerosas cuestiones que se plantean en el día a día, estamos a vuestra disposición para ofreceros nuestros servicios profesionales, y para ello, ponemos a vuestra disposición nuestro teléfono de contacto, así como nuestra dirección de correo electrónico.


Pedro DuránTeléfono 620.81.55.99 – 956399548

duranconsulting@hotmail.com

Calendario de Eventos

Jun 12, 2012   //   by admin   //   Eventos  //  No Comments

A medida que vayamos desarrollando el sitio Web, procederemos a indicaros los plazos a nivel fiscal y laboral que debemos cumplir a lo largo del año, así como todos aquellos eventos que puedan resultaros de interés de índole diversa, como son  reuniones de trabajo,  cursos para  emprendedores y puestas al día en diversos temas de actualidad para la empresa y el público en General.

Apoyo a los Emprendores, recogido en el Real Decreto Ley 3/2012, de Medidas Urgentes del Mercado Laboral

Jun 12, 2012   //   by admin   //   Reforma Laboral  //  No Comments
 En esta norma, como novedad importante, tenemos la creación de un nuevo contrato de trabajo, para aquellas empresas de menos de 50 trabajadores, siempre que la contratación se realice a jornada completa y por tiempo indefinido (lo que normalmente denominamos fijo de plantilla), y entre otras novedades, el periodo de prueba será como periodo máximo, un año, y no podremos acogernos a este tipo de contrato, sí hemos tenido en los últimos 6 meses, algún despido improcedente o colectivo.
            ¿Qué beneficios tendríamos ?

Deducción fiscal:   Para la primera contratación de la empresa y
                               que coincida que el trabajador contratado sea
                               menor de 30 años …………………………………..       3.000   Euros.
                                Sí contratásemos a trabajadores que estuviesen percibiendo una prestación
                                por desempleo, la deducción sería  del 50% de la prestación pendiente  de
                                recibir por parte del trabajador, con un máximo de 12 mensualidades.
                               Para tener derecho a lo anterior, es preciso que el trabajador, haya percibido
                               al menos 3 meses de prestación antes de que se produzca la contratación.
                               Será preciso que el trabajador  facilite a la empresa una certificación en la que
                               el Servicio Público de Empleo Estatal, indique las prestaciones pendientes de
                               percibir.
      Deciros que, para no tener que devolver el importe que nos deducimos fiscalmente, debemos mantener en la empresa al trabajador un plazo de 3 años,  salvo que el contrato se extinga por despido disciplinario declarado o reconocido como procedente, dimisión, jubilación, muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del productor.
     Al margen de estas medidas fiscales, en cada caso,  tendremos que analizar otras opciones posibles a la contratación que existan en el momento, por sí, al margen de las deducciones fiscales, tenemos algún tipo de bonificación o reducción en las cuotas de Seguridad Social, que al fin y al cabo, nos ayudan en el día a día, reduciendo el coste que la empresa soporta.

Nueva regulación de la extinción de los contratos de trabajo, conforme al nuevo Real Decreto Ley 3/2012

Jun 12, 2012   //   by admin   //   Reforma Laboral  //  No Comments
Mención Especial al Despido Improcedente.

Uno de los puntos más controvertidos de la Reforma Laboral que entró en vigor el pasado 12 de febrero de 2012, estriba en la reducción de los costes de despido de los trabajadores, con contratos de reciente creación.

Para los contratos que se realicen  desde el día 12 de febrero antes citado, la indemnización en caso de despido improcedente, se reduce, de los anteriores 45 días por año de servicio, a los 33 días por año actuales,  con un máximo de 24 mensualidades de salario efectivo.

¿Qué significa esto y que repercusión tiene para aquellas personas que tienen su contrato anterior a la fecha publicación de la Reforma?

Pues bien, todos aquellos que tengan contrato anterior al 12 de febrero de 2012, en caso de que sean despedidos de forma improcedente,  tendrán derecho al percibo de una indemnización por importe de 45 días por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a la Reforma, y de 33 días por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior.

Nos encontraremos con un limite en cuanto a la indemnización, que no podrá superar los 720 días de salario efectivo.

En próximos apuntes iremos tocando el resto de novedades, y profundizaremos un poco en las anteriores, ya que cada una de ellas, nos lleva a ver la aplicación en la práctica de cada una de ellas, y eso, es quizás lo más importante.

Saludos

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